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¿Qué ayudas de alquiler da la Comunidad de Madrid en 2023?

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¿Sabes cómo solicitar las ayudas de alquiler en la Comunidad de Madrid 2023? Madrid ofrece unas ayudas tanto para el inquilino de la vivienda como para el propietario, es decir, existen una serie de ventajas fiscales para ambos y para los inquilinos unas ayudas económicas que hoy en Economía de Ahorro vas a conocer.

Ayudas alquiler Comunidad de Madrid 2023

La Comunidad de Madrid gestiona las ayudas del Estado dirigidas a los inquilinos de la Comunidad de Madrid que quieran alquilar una vivienda, son unas ayudas en forma de subvención que tienen como objetivo facilitar el pago de la renta de alquiler a los inquilinos de Madrid.

El año pasado la Comunidad de Madrid aprobó las subvenciones con un importe de 17.000.000 € para subvencionar el 40% de la renta anual, con un máximo de 1.400 € anuales por cada vivienda.

Para poder optar a las subvenciones convocadas en la Comunidad de Madrid este 2022 es necesario que compruebes tus ingresos y los del resto de miembros de tu unidad familiar para ver si tenéis derecho a la subvención, para ello te recomendamos que utilices el SIMULADOR de la página de la Comunidad de Madrid. http://www.madrid.org/ y así verás si puedes optar a la subvención.

Documentación para las ayudas alquiler Comunidad de Madrid

Para poder solicitar las ayudas de alquiler de la Comunidad de Madrid es necesario que presentes esta documentación:

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La certificación catastral electrónica que hayas obtenidos en Internet que se aprueban por resolución de la Dirección General de Catastro u otro documento que expida el Gerente o Subgerente del Catastro o Escritura pública o información registral o último recibo justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Esta documentación tienen que ser fotocopias compulsadas y si presentas todo esto telemáticamente es necesario que tengas la firma electrónica.

Ayudas alquiler para inquilinos

Como te hemos comentado hay dos tipos de ayudas, vamos a comenzar con los inquilinos, toda la información que necesitas saber para poder solicitar la subvención.

¿Dónde obtener y presentar las solicitudes para las ayudas a los inquilinos de alquiler?

La presentación de las solicitudes tiene el siguientes plazo, del 4 al 21 de mayo.

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  • Internet

Además de esta solicitud tienes que presentar el Anexo firmado por todos los integrantes de la unidad familiar. Ambas cosas se deben gestionar a través del Registro Electrónico de la Consejería de la Comunidad de Madrid.

Es imprescindible el DNI electrónico o algún documento certificado que la Comunidad de Madrid lo acepte. Vas a poder recibir notificaciones siempre que te des de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid y así puedas estar al tanto de todos los temas y revisarlos vía Internet.

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Cuando registran tu solicitud, el servicio de “Consulta de expedientes” es quien lo archiva, de manera que podrás aportar documentos necesarios y recibir cualquier notificación relacionada con tu solicitud.

  • Presencial

De manera presencial también puedes entregar tu solicitud, para ello tienes que ir a las siguientes oficinas:

  • Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid
  • Oficinas de Registro de la Administración General del Estado
  • Oficinas de Registro de los Ayuntamientos integrados en la red de Oficinas Integradas de Atención Ciudadana, como por ejemplo el Ayuntamiento de Madrid.
  • Oficinas de Correos
  • Oficinas Diplomáticas
  • Embajadas
  • Consulados

En el año 2015 entró en vigor la ayuda al alquiler en Madrid y cada año se va renovando para que puedan tener esta subvención más madrileños.  Es una ayuda de 200 € y tiene una duración de 12 meses, de manera que cada mes recibirás 200€ durante los 12 meses del año.

Requisitos para obtener la ayuda al alquiler en Madrid para inquilinos

Los requisitos para obtener la ayuda de alquiler según la página web de la Comunidad de Madrid son los siguientes:

  • Tienes que ser una persona física y titular del contrato de alquiler. La vivienda para la que solicitas la ayuda deberá ser la residencia habitual y permanente del solicitante y tiene que estar situada dentro de la Comunidad Autónoma de Madrid.
  • La vivienda alquilada no puede tener ningún tipo de protección.
  • Tienes que tener la nacionalidad española o bien pertenecer a alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del E.E.E., como es el caso de Suiza. Para los solicitantes extranjeros y, por lo tanto, extracomunitarios, el requisito será tener residencia legal en España.
  • Los ingresos que se perciban en la unidad familiar, es decir los ingresos de todas las personas que residan habitualmente en la vivienda, no deberán superar 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples o IPREM, índice utilizado como referencia para la concesión de ayudas.
  • Los titulares o el titular del contrato de alquiler no debe tener ni derechos ni uso y disfrute de alguna otra vivienda dentro del territorio nacional, salvo que a pesar de ser el titular no pueda hacer uso de ella por otros motivos ajenos a él, como puede ser en caso de separación matrimonial o divorcio.
  • El titular o titulares del contrato de alquiler no deberá tener ningún parentesco con el propietario de la vivienda alquilada. Este parentesco afecta al familiares de primer y segundo grado.

Ayudas alquiler para propietarios

La Comunidad de Madrid quiere fomentar el mercado de alquiler y por eso ha lanzado el Plan Alquila, este plan beneficia al propietario, el cual recibe una garantía y la seguridad de la Comunidad de Madrid, del mismo modo que al inquilino también le proporciona unas garantías.

Plan Alquila

Seguramente te estés preguntando qué es el Plan Alquila, se trata de un servicio de gestión de alquileres para la intermediación entre los propietarios y los inquilinos, todo este servicio gestionado por profesionales.

Se van a encargar del contrato de alquiler durante todo el proceso, es decir, desde la firma hasta la finalización. Los impagos también están cubiertos porque se forma un seguro de que cubre los impagos durante 12 meses en el caso de que se produjesen.

Beneficios fiscales en la declaración de IRPF

Las ayudas económicas que reciben los propietarios por alquilar la vivienda se tributan en el IRPF como hendimientos de capital inmobiliario. Pero a la cantidad que percibas en el periodo impositivo tienes que descontar los gastos que se deducen por el arrendamiento y a la cantidad resultante se le aplican algunas reducciones, puede llegar a ser el 100% del rendimiento neto.

Los gastos deducibles que te puedes beneficiar como arrendador son las siguientes:

  • Los intereses producidos por créditos que se abonen por la compra de la vivienda.
  • Los tributos que incidan sobre los rendimientos o sobre la vivienda.
  • Los gastos de formalización del arrendamiento y los de defensa de carácter jurídico.
  • Los gastos de conservación y reparación (que no incluyen las cantidades destinadas a la ampliación o mejora de la vivienda).
  • Los contratos de seguro (de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga).
  • Las cantidades destinadas a servicios o suministros (luz, agua, gas, teléfono).
  • El importe que se destine a la amortización de la vivienda, siempre que responda a su depreciación efectiva. Su cálculo se realiza aplicando el porcentaje del 3% sobre el mayor de los siguientes valores: el coste por la compra de la vivienda o el valor catastral, ambos sin incluir el valor del suelo.

Reducciones

Las cantidades que los propietarios reciben de la vivienda que alquilan tributan en el IRPF como rendimientos de capital inmobiliario, pero a la cantidad que perciben se les descuenta los gastos que se pueden deducir por el arrendamiento y a la cantidad resultante, hay que aplicarle algunas reducciones.

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